Los miembros de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en el artículo 12, fracciones V y XV de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en relación con el artículo 8o de la Ley de Instituciones de Crédito, acordaron por unanimidad se autorice la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Banco Plata, S.A., Institución de Banca Múltiple, en términos del planteamiento presentado.
Dicha autorización queda sujeta a que de conformidad con lo establecido por los artículos 8o, tercer párrafo y 46 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito y, en observancia al requerimiento formulado por el Banco de México en su oficio número OFI002-911 de fecha 29 de octubre de 2024