Ríos Salado y Atoyac, un lustro de “desacatos y acciones “cosméticas”: Litigio Estratégico

por | Ago 15, 2024 | Oaxaca, Portada

– Cada hora se descarga el equivalente a 124 pipas de aguas negras, cada pipa con capacidad de 10 mil litros; es decir, cada hora se descargan un millón 240 mil litros de aguas negras sobre ambos cauces

En el año 2018 los abogados de la asociación civil Litigio Estratégico Indígena obtuvieron una sentencia histórica: una jueza federal les concedió un amparo en el que se ordena a las autoridades de México, en sus tres niveles de gobierno, el rescate de los ríos Salado y Atoyac del estado de Oaxaca.

Era la primera vez que se promovía un amparo para la protección de un río con un resultado favorable en el país, y que sentó precedente para que este tipo de recursos jurídicos se utilice para la protección del medio ambiente.

A cinco años, esta sentencia inédita en México, ha quedado sólo en eso. Ninguna de las autoridades federales, estatales y municipales, responsables de acatar la orden de la jueza federal ha cumplido, y el rescate de los ríos Salado y Atoyac raya en la simulación, en acciones cosméticas y superficiales, según Carlos Morales Sánchez, presidente de Litigio Estratégico Indígena.

“Es triste decirlo, a tantos años no tenemos una acción material, no tenemos un ladrillo, una piedra, de una obra construida para el rescate de los ríos”.

Según datos de la Secretaría del Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad (antes Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable – Semaedeso –), cada hora se descarga el equivalente a 124 pipas de aguas negras; cada pipa tiene una capacidad de 10 mil litros. Es decir, cada hora se descargan un millón 240 mil litros de aguas negras sobre ambos cauces, aproximadamente. La misma dependencia señala la existencia de 86 cargas directas de aguas negras a los ríos Atoyac y Salado, en una cantidad de 36 litros por segundo.

“Estos ríos están convertidos así en cuerpos hídricos con alta contaminación, en ellos se depositan las aguas negras provenientes de 34 municipios cercanos; además se han convertido en focos de infección, mismos que afectan principalmente a los habitantes de los lugares aledaños; la preocupación se mantiene latente pero no se vislumbran acciones para solucionarlo, de acuerdo con un reporte del Organismo de Cuenca Pacífico Sur, de la Comisión Nacional del Agua (Conagua)”, se advierte en un informe del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública del Congreso del Estado de Oaxaca.

El informe agrega que, de acuerdo con la Conagua, se ha demostrado la presencia de hasta coliformes fecales por un millón de litros en el afluente, cuyo origen es de las descargas de usos municipales, industriales, comerciales, de servicios, y domésticos.

Pero además de las aguas residuales, existen otras problemáticas que afectan a estos dos días, según la Semaedeso: la erosión-incisión del cauce, flora invasiva, disminución del nivel freático, reducción de la sección hidráulica, la extracción de pétreos, tiradero de residuos de construcción, tiradero de residuos sólidos urbanos en sus márgenes y la filtración de la contaminación a los mantos freáticos que abastecen de agua potable no sólo a la ciudad de Oaxaca, sino también a los municipios conurbados que conforman la región de los Valles Centrales.

En 2014, Litigio Estratégico Indígena promovió la primera demanda de amparo para rescatar los ríos Salado y Atoyac, pero en 2016 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se los negó bajo el argumento de que no había “acreditado el interés legítimo”. Ese mismo año corrige las deficiencias señaladas por la SCJN y vuelve a promover la demanda de amparo, y dos años después, en 2018, la jueza Primera de Distrito, Elizabeth Franco, les concede la demanda de amparo.

La jueza de distrito Elizabeth Franco, en su sentencia, emite cinco líneas de acción las cuales pueden ser resumidas en una sola: las autoridades de los tres órdenes de gobierno, municipal, estatal y federal, deberán coordinarse para rescatar los ríos Atoyac y Salado.

Primero el deber de coordinación, luego la ejecución de esa coordinación que debe traducirse en el rescate, en el saneamiento y en la preservación de los ríos Salado y Atoyac.

La sentencia no dice que es lo que tienen que hacer cada autoridad en el rescate de los ríos. Es genérica y hace un mandato amplio, “porque los jueces federales son jueces de constitucionalidad que dan la orden y quien debe aterrizar la orden en ese ejercicio de coordinación, son las autoridades”, explica Carlos Morales.

Las autoridades obligadas son la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (SOAPA), la Semaedeso, entre otras, y todos los municipios por lo que atraviesan los dos cauces.

Acciones legales para la protección del medio ambiente

Carlos Morales explica que, como pequeño grupo de abogados, decidieron implementar no sólo acciones relacionadas con la reforestación y la limpieza, sino también implementar una acción jurídica, para que, a través del juicio de amparo, tener un mayor calado y mayor profundidad con el objetivo de que fueran las autoridades del Estado quienes intervinieran en el rescate de los ríos.

“Lo cierto es que, como ciudadanos y ciudadanas, habitantes de los Valles Centrales, teníamos que hacer algo para aliviar la lamentable contaminación que sufren los ríos Atoyac y Salado.

“Afortunadamente, gracias a la buena receptividad del Poder Judicial de la Federación, en un primer momento en el Juzgado Primero de Distrito nos concedió el amparo, después un Tribunal Colegiado de Acapulco, confirmó la determinación. Eso fue lo que nos motivó, aun cuando en aquellos años, en el 2014 y 2015, era muy difícil que el Poder Judicial de la Federación aceptara un juicio de amparo para la protección del medio ambiente, por ser un derecho colectivo o difuso”.

Litigio Estratégico Indígena, desde entonces, ha obtenido amparos en los que se ordenan el rescate de los ríos Mixteco, Tehuantepec, Los Perros, La Arena en Pinotepa Nacional, Santo Domingo, un afluente del río Papaloapan.

Y paralelamente, ha interpuesto quejas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), organismo que ha emitido recomendaciones en las que confirma las omisiones de las autoridades para el cuidado, protección, preservación y rescate de los ríos del estado de Oaxaca.

“Pareciera que es un lugar común decir que la tierra, que el planeta es nuestra casa, pero es una verdad muy evidente, muy cierta, creo que ningún derecho humano puede desarrollarse si previamente no se ha respetado el derecho humano al medio ambiente, adecuado para el desarrollo y el bienestar.

“Ningún derecho humano puede desarrollarse sin agua, sin alimentación, sin oxígeno. La especie humana estaría condenada a desaparecer si no protegemos nuestro medio ambiente. Si no contamos con condiciones básicas para desarrollarnos, no podemos tener los derechos humanos siguientes como el derecho al trabajo, el derecho a la seguridad pública. Es el derecho básico sobre el que se colocan los demás derechos.

Sólo “acciones cosméticas y simulación”

La sentencia se volvió inimpugnable cuando fue ratificada por el Tribunal Colegiado Auxiliar de Acapulco, Guerrero, y la jueza notificó a cada una de las autoridades y ordenó una reunión en la que estuvieran todas con la finalidad de coordinarse para las acciones necesarias para su rescate.

Sin embargo, los cambios en el Juzgado de Distrito, en la Semaedeso, la “indolencia” de la Conagua, y la pandemia que colocó en una pausa a los tribunales y las dependencias, retrasaron la ejecución de la sentencia de amparo.

La pandemia, dice Carlos Morales, fue la justificación perfecta para no cumplir con la sentencia: “les vino como anillo al dedo”.

En el sexenio de Alejandro Murat Hinojosa, la entonces titular de la Semaedeso, Helena Iturribarría Rojas, gestionó la elaboración de un Plan Integral para el Rescate de los Ríos Salado y Atoyac que costó 10 millones de pesos. El problema de ese plan es que no establece cronogramas, tiempos o plazos, ni los recursos que se necesitan; únicamente establece un conjunto de grandes líneas de acción.

Aun así, para el Presidente de Litigio Estratégico Indígena, es un plan que se puede rescatar y ser el instrumento rector que podría dar cumplimiento a la sentencia de amparo.

El resto de las acciones que las autoridades municipales y las dependencias gubernamentales estatales y federales, han informado al juez de distrito consisten en que hacen limpiezas en las riberas de los ríos, los tequios (servicios comunitarios de Oaxaca), y que esporádicamente se realizan otro tipo acciones como talleres sobre el cuidado del medio ambiente en escuelas, o la creación de comités.

“Pero estas acciones son superficiales o cosméticas, unas son superficiales y otras simulaciones. Porque el problema de fondo, lo que contamina los ríos son las descargas de las aguas negras. El río no está contaminado por descargas de industrias, de agroquímicas. Los ríos están contaminados por las actividades antropogénicas de los humanos, somos nosotros cuando bajamos la palanca del inodoro, contaminamos el río.

“Pero aquí hay una gran responsabilidad de las autoridades municipales, estatales y federales, porque son las autoridades que tenían que vigilar que todas las descargas pasen por un procedimiento de separación, de tratamiento, antes de descargarla en el río”, señala Carlos Morales.

Un ejemplo, menciona, son los grandes complejos habitaciones de la ciudad de Oaxaca y municipios conurbados, en los que se debieron construir plantas de tratamiento de aguas residuales; sin embargo, porque la autoridad se “hizo de la vista gorda”, por corrupción o contubernio, las autoridades ambientales no exigieron a esos fraccionamientos que construyeran sus plantas de tratamiento.

“Es lo único que se ha hecho y el gobierno del estado, la federación y los municipios son muy dados a armar comités para tomarse la foto y decir que están trabajando, y recientemente se acaba de crear un nuevo comité para el rescate de los ríos Salado y Atoyac. Nosotros queremos que sea un ejercicio serio, que efectivamente propicie primero esa coordinación tan necesaria”.

Conagua: “indolente y nefasta”

Entre todas las dependencias obligadas, el abogado Carlos Morales destaca la actitud de los funcionarios de la Conagua, incluida la de su director general Germán Arturo Martínez Santoyo.

No sólo, asegura, son ineficientes, sino que “acusan de un grado de perversidad, y lo digo con todas sus letras porque en los juicios de amparo que hemos promovido, la Conagua es la instancia que debe encargarse de la protección de los ríos, de las aguas nacionales, y niega que los ríos de Oaxaca estén contaminados”.

“La indolencia de la Conagua”, continúa, “ha llegado al extremo de negar la contaminación de los ríos, pero es tan evidente la contaminación que cualquier persona que viva a la orilla del río o cerca del río o en la comunidad, sabe que esos ríos están no contaminados, sino que están contaminados en un grado extremo, superlativo”.

Hay un abogado de esta dependencia federal, dice, de nombre Ramiro Barajas Ambriz que reconoció en su presencia que no tenía por qué aceptar que los ríos están contaminados, ya que su único interés era proteger a la institución, no a los ríos.

“Entonces, personajes o funcionarios como Barajas, no deberían estar en la institución de la Conagua. Yo pensé que era la visión de un funcionario menor, hasta que tuve la oportunidad de hablar con el director general de la Conagua, y asume exactamente la misma postura que este funcionario de medio pelo. Entonces, lo que tengo claro hoy es que la Conagua es una institución nefasta”.

Sensación de desesperanza

A cinco años de la sentencia y sin ningún resultado favorable para el rescate de los ríos, Carlos Morales reconoce que en ocasiones han tenido esa sensación de desencanto y desánimo, de la misma forma en que han recibidos algunos reclamos de la ciudadanía con los que los acusan de haber generado falsas expectativas.

“Hasta este momento sólo tenemos una sentencia de amparo que podría servir para enmarcar y para presumir en los congresos de abogados”, dice.

Por eso exige a las autoridades jurisdiccionales, a los jueces, actúen de manera más firme y que exijan de una vez y para siempre, el cumplimiento de la sentencia con plazos perentorios. Que digan: “tienen seis meses para rescatar este río, en seis meses iré a verificar con mis peritos si cumplieron o no cumplieron, y si no cumplieron iniciaré los procedimientos de desacato”.

Pero el problema es más de fondo. El juicio de amparo, explica, es una federación de mecanismos de protección a los derechos humanos y que en México se utiliza para todos porque es el único instrumento para protegernos y que funciona.

Originalmente fue construido para proteger derechos civiles, es decir, contra órdenes de aprehensión autoritarias, contra clausuras, contra expropiaciones, etcétera, y funciona muy bien contra actos jurídicos.

El problema del juicio de amparo inicia con la reforma del 10 de junio de 2011, con la que se amplió el panorama de protección y también amplió el paraguas de protección a los derechos ambientales, a los derechos económicos, a los derechos sociales, ya no sólo a aquellos derechos civiles.

Por eso ahora, a través del juicio de amparo se están litigando el derecho a la vivienda, a la ciudad, al internet, a la omisión contra el cambio climático, contra la omisión legislativa. El juicio de amparo tiene el gran manto de protección de los derechos humanos.

Carlos Morales, entonces, cree que no sólo debe haber un cambio en la actitud de los jueces, sino también un cambio en este tipo de materias, derechos económicos, sociales y culturales.

“Habría que pensar en la especialización de los jueces, jueces especializados en amparos ambientales, en materia ambiental, que solamente se encarguen de este tema, porque el juez que lleva este caso también lleva casos civiles, administrativos”.

Litigio Estratégico Indígena solicitó a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, la construcción de un protocolo de ejecución de las sentencias de amparo donde se establezcan las variables que se pueden presentar en un juicio de amparo y decirle al juez cómo debe desarrollar sus etapas.

“Porque no sólo es desconocimiento, estamos ante un hecho inédito. No sabemos, yo no lo sé, exactamente cuál es el procedimiento acertado que debe seguirse. Yo pienso que en el procedimiento de ejecución debe haber una planeación, luego una evaluación de la planeación por parte de la sociedad civil, luego es la obtención de los recursos, después la etapa de ejecución, y debe haber una etapa de supervisión y finalmente, de rendición de cuentas”.

Lo anterior, dice, porque es la misma problemática que están enfrentando ciudadanos y personas de las comunidades que han ganado amparos relacionados con el caso de la Laguna del Carpintero en Tampico, Tamaulipas, en el caso del acueducto Independencia que se construye en territorio yaqui, y en la destrucción de los manglares de la zona Tajamar en Cancún, Quintana Roo, entre otros.

“Pero entre hacer y no hacer”, sentencia, vamos a elegir siempre el hacer, porque nosotros con nuestro juicio de amparo ya ganamos, por lo menos hemos ganado visibilizar el problema y nos hemos convertido en una piedrita muy pequeña en los zapatos de las autoridades.

“Quisiéramos tener más fuerza, recursos, la posibilidad de incomodar más para exigir el cumplimiento de la sentencia de amparo. Mientras eso no suceda, vamos a exigir insistiendo por conducto del juez que conoce el juicio de amparo, y a través de peticiones ciudadanas, de los talleres, la academia, vamos a seguir insistiendo”