El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó adjudicar de manera directa la adquisición de material y documentación electoral, pese a que en ambos casos realizó procesos de licitación pública nacional.
De acuerdo con las actas de fallo del Comité de Adquisiciones, las licitaciones públicas naciones fueron declaradas desiertas porque los montos o costos que propusieron las empresas participantes sobrepasaban el presupuesto del Instituto.
Sin embargo, al adjudicar de manera directa resulta que el Consejo General del IEEPCO otorgó los contratos a algunas de las empresas participantes en las licitaciones y se los dio a aquellas que presentaron los montos o costos más altos por la adquisición del material y la documentación electoral.
En breves comunicados, el IEEPCO informó que autorizó que se realice el procedimiento de contratación de manera directa respecto de la documentación electoral que será utilizada para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 en el Estado de Oaxaca, con la empresa denominada Litho Formas S.A. DE C.V.; y autorizó que se realice el procedimiento de contratación de manera directa respecto del material electoral con las empresas denominadas Corporativo ZEG S.A. DE C.V., y Formas Finas y Materiales S.A. DE C.V.
Lo anterior, cuando en sus fallos el Comité de Adquisiciones resolvió que “tomando en consideración que el techo financiero con que cuenta el Instituto es menor a lo ofertado por los licitantes, se procede a declarar desierta la presente licitación”.
Las licitaciones
En la licitación pública nacional para la adquisición de la documentación electoral únicamente participaron dos empresas.
La propuesta económica de la empresa Formas Inteligentes S. A. de C. V. fue de un total de 32 millones 446 mil 656.52 pesos, incluyendo el impuesto al valor agregado (IVA). Mientras que la propuesta económica de la empresa Litho Formas S. A. de C. V. fue de 55 millones 798 mil 242.34 pesos. Ambas empresas, según el acta de la presentación de las propuestas, cumplieron con todos los requisitos para participar en la licitación.
Se debe recordar que el Comité de Adquisiciones del IEEPCO declaró desierta la licitación bajo el argumento de que las propuestas económicas superaban el techo financiero del instituto; es decir, que no contaba con los recursos económicos para cumplir con esos montos.
Aun así, el órgano electoral tomó la determinación de adjudicarlo de manera directa a Litho Formas S. A. de C. V., empresa que presentó la propuesta económica más alta, incluso superior en alrededor de 20 millones de pesos a la que presentó la empresa Formas Inteligentes S. A. de C. V.
En la licitación pública nacional para la adquisición de material electoral participaron tres empresas.
La propuesta económica de la empresa Cajas GRAF S. A. de C. V. fue de 61 millones 270 mil 318.40 pesos, incluyendo el IVA; la propuesta de la empresa Formas Finas y Materiales S. A. de C. V. fue de 65 millones 32 mil 520.88 pesos, IVA incluido; y la propuesta económica de la empresa Corporativo ZEG S. A. de C. V. fue de 66 millones 812 mil 188.24 pesos, IVA incluido.
Al igual que en la anterior licitación, el Comité de Adquisiciones la declaró desierta bajo el mismo argumento: que las propuestas económicas rebasaban su “techo financiero”.
Pero ocurrió lo mismo, tomó la decisión de adjudicar de manera directa el contrato para la adquisición de material electoral a las dos empresas que propusieron los montos económicos más elevados, a las empresas Formas Finas y Materiales y Corporativo ZEG; quienes cobran más en una diferencia aproximada de cinco millones de pesos, en comparación con la propuesta de Cajas GRAF.
Presidenta del IEEPCO, bajo sospecha por procesos irregulares en licitaciones y adjudicaciones
El 14 de septiembre de 2023, la Contraloría Interna del IEEPCO ordenó la suspensión temporal de la presidenta, Elizabeth Sánchez González, y de la entonces secretaria Ejecutiva, Noemí Sánchez Gutiérrez, por el presunto desvío de más de 19 millones de pesos.
Esto se desprende de los resultados de la auditoría realizada por el Órgano de Control Interno a cargo de Salvador Alejandro Cruz Rodríguez.
El 10 de agosto de 2023, el Contralor presentó además, una denuncia ante la Coordinación de Quejas, Investigación y Desarrollo Administrativo del IEEPCO en la que señala diversas irregularidades en el manejo de los recursos públicos que no fueron transparentados ni comprobados como algunos trabajos de obra blanca, remodelación y mantenimiento.
También señala el arrendamiento de vehículos sin que se hayan aplicado los procedimientos que contempla la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado, y tampoco mostró documentación que comprobara esos recursos económicos.
De acuerdo con la Coordinación, Elizabeth Sánchez y Noemí Sánchez incurrieron en desvío de recursos, “toda vez que al tener la titularidad del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y la segunda, la Titularidad de la Coordinación Administrativa de este instituto electoral, por el periodo respectivo en el que se han venido desempeñando, no cumplieron con las formalidades establecidas para el manejo del presupuesto asignado a este órgano electoral, lo que conlleva una falta y que podría afectar el presupuesto del instituto para su debido funcionamiento, dentro del ejercicio legal 2021, 2022 y 2023”.
El informe de auditoría detalla que se realizaron 56 observaciones y recomendaciones sobre un monto auditado que asciende a 50 millones 776 mil 644.23 pesos. De esas observaciones 19 fueron solventadas, 22 más fueron parcialmente satisfechas y 15 no fueron solventadas, 11 de éstas últimas relacionan con materia de adquisiciones, en las que no se presentó documentación que comprobara el ejercicio de esos recursos públicos.
Y se encontró que la presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez, no realizó las licitaciones con apego a la normativa estatal vigente en materia de adquisiciones.
El 4 de octubre de 2023, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituye en el cargo a la Presidenta del IEEPCO. La magistrada Janine Otálora Malassis revocó el acuerdo de suspensión de la consejera presidenta, así como el acuerdo por el que se designó a una presidencia provisional.
Lo anterior, según la sentencia, porque conforme a la normatividad aplicable únicamente el Consejo General del INE puede nombrar y remover a las consejerías de los órganos públicos electorales locales. De ahí que determinar su suspensión en el ejercicio del cargo de manera indefinida era un equivalente a separarla de éste en pleno desarrollo del proceso electoral local.
Luego de ser restituida, el 29 de marzo de 2024 la presidenta del IEEPCO fue acusada por la secretaria ejecutiva Iliana Hernández de violencia política en razón de género porque de manera sistemática se ha obstruido su cargo, en el marco de las licitaciones para la adquisición de material y documentación electoral.
Finalmente, el 10 de abril de 2024, el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca inhabilitó por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, a Elizabeth Sánchez González y a la encargada del despacho de la coordinación administrativa, Noemí Sánchez Gutiérrez, por irregularidades en el manejo y asignación de recursos por 19 millones de pesos.
El 12 de abril, Elizabeth Sánchez informó que continuará desempeñando su cargo como presidenta del IEEPCO y que impugnará la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción.
“La sentencia (por la cual fue inhabilitada un año”, aseguró, “no acredita el desvío de recursos públicos por parte de las personas señaladas, por el contrario, refiere que hubo descuido en las formalidades para la aplicación de la normatividad que regula los procedimientos de contratación, adquisición, arrendamiento y servicios, de acuerdo con los rangos que prevé el presupuesto de Egresos del Estado”.
Y afirmó que esa sentencia no es definitiva, “toda vez que las personas señaladas tienen derecho de proceder conforme a derecho y continuar la cadena de impugnación”.